viernes, 5 de agosto de 2016

UN CABILDO MUY DISCUTIDO



Comentábamos hace unos meses el papel que jugó en la reorganización de la Hermandad tras la guerra de la independencia el herrero trianero Martín Serrano, y hoy, en este caluroso agosto, recordaremos el que desempeñó el que fue en cierto modo su antagonista, el hermano Josef de Leria, que en fechas como estas entabló un largo pleito que se conserva entre los legajos del archivo del Arzobispado, y del que ofrece también testimonio el anexo a las reglas de 1818.

En aquella entrada del blog dejábamos a Martín Serrano solicitando a la Audiencia, en un escrito fechado el 29 de julio de 1815, y que firmaban con él Lope Navarro y Juan de Flores, que concediera permiso para la celebración de un cabildo, pues según expresaban, “deseando ver realizada la aprobación de su regla, no pueden hacer gestión alguna, porque los oficiales que había no existen, por haber fallecido, y como tampoco pueden celebrar Cabildo de elecciones, se encuentran en la necesidad de ocurrir a V.E. para que se verifique...”. 

Aprobada esta iniciativa por providencia de 31 de Julio de 1815, se celebró la reunión cinco días después en el Convento del Pópulo, bajo la presidencia de un Teniente de Asistente y del Prior del convento, y con la concurrencia de los hermanos Juan Serrano, Alonso Lavado, Martín Serrano, José Heredia, Manuel Fernández, Lope Navarro, Miguel de Vargas, Juan de Flores, José Serrano, Juan Miguel Rodríguez y Juan Bermúdez. Se procedió en primer lugar a la elección de la Junta de Gobierno, resultando elegido como Primer Alcalde Martín Serrano, como Segundo Alcalde Miguel de Vargas, Mayordomo Lope Navarro, Secretario Juan Miguel Rodríguez, Fiscal Primero Juan de Flores, y Segundo Juan Bermúdez, quedando sin nombrar los ocho Diputados preceptivos por carecer la Hermandad del suficiente número de hermanos para ello. Efectuadas las votaciones, se facultó a los oficiales nombrados a practicar las diligencias necesarias para la aprobación de nuevas reglas.

Antes de que pudieran empezar a realizar las gestiones para ello, se encontrarían con una desagradable sorpresa, la impugnación del cabildo. En efecto, el 14 de Agosto se presentaba ante la Justicia un número de hermanos, entre los que destacaban Juan y Pedro García, Josef de Leria, Juan "Tabaquero", Clemente de Vargas y Juan Suárez, solicitando la nulidad del cabildo y la celebración de uno nuevo, pues en su opinión no se había convocado a todos los antiguos hermanos, y además, de los que habían concurrido, sólo Martín Serrano y Manuel Fernández podían ser considerados como tales.

En su escrito de réplica, la recién constituida Junta de Gobierno alegaba que, al no hallarse el antiguo libro de hermanos, se hubo de contar “con aquellos que por su notoriedad lo son o que se han congregado para ayudar a el fin santo de establecer la Hermandad”, por lo que “se convocó y citó no sólo a los que se tenían por hermanos, sino también a todos los demás que demostraron afectos”, añadiendo que los que planteaban la reclamación también habían tenido conocimiento de la reunión, “y aún estuvieron a las puertas de la misma Iglesia del Pópulo cuando se hablaba allí para la celebración del cabildo, habiéndose salido a llamarlos y se retiraron sin querer entrar”. Por último, se recordaba al Juez como algunos de los demandantes eran esquiladores, “y como por la Pragmática de 1783, hoy Ley del Reino a los de esta clase se les reputa vagamundo y se les impone pena, es claro que no tienen personalidad para ser admitidos en juicio”.

Probablemente pueda parecernos extraño que la falta de asistencia de tan reducido número de hermanos levantara tanta polémica, pero revisando los autos aparece un dato sumamente revelador del verdadero trasfondo de lo que se discutía. Cuando el Juez citó a ambas partes a una comparecencia el 13 de Septiembre, a fin de que arreglaran de modo amistoso sus diferencias, "manifestaron que el único medio que adoptaban para convenir y concluir este negocio era el que la mitad de los oficiales nombrados fuesen la mitad del barrio de Triana  y la otra de Sevilla. A lo que se les manifestó por el citado Sr. Juez no tener poder para aprobar dicho convenio...”  Hay que aclarar que Martín Serrano, Manuel Fernández y la mayoría de los participantes en el cabildo que se trataba de impugnar eran trianeros, mientras que de la otra parte, Josef de Leria era vecino de los Humeros, Pedro García y Clemente de Vargas de la calle Beatos (actual Duque Cornejo), y Juan Suárez herrero de la Cruz Verde, en la collación de Omnium Sanctorum. 

A partir de 1800, año en que la fiebre amarilla asoló la ciudad, se había producido un trasvase de la población gitana del viejo arrabal trianero, diezmado por la epidemia, a otros barrios del otro lado del río. A ello se sumó el derribo en 1804 del callejón de San Miguel, centro de la herrería de Triana, lo que supuso que varias fraguas familiares buscaran una ubicación en otras zonas de la ciudad más necesitadas de ellas.  Los Humeros, por otra parte, arrabal en el que había establecidos gitanos desde el siglo XVI, en lo que fue el antiguo barrio de San Juan de Acre, reclamaba también su protagonismo en la historia de nuestra corporación. No olvidemos que de allí eran los Campos. 

Vista de Sevilla desde Triana. Litografía del siglo XIX.

La propuesta conciliadora de ambos bandos no se llegó a concretar, el pleito siguió su curso, y por providencia de 23 de Noviembre de 1815 la Justicia acordó la celebración de un nuevo cabildo al que concurrieran todos los antiguos hermanos, pero como para ello era necesario hallar el libro en que estaban inscritos los que podían considerarse como tales, de nuevo se entabló una discusión sobre si dicho libro estaba extraviado en el archivo de la Audiencia, o si, como aseguraban algunos testigos, había sido ocultado intencionadamente. Entretanto, y a pesar de que la legitimidad de su elección estaba en tela de juicio, la Junta de Gobierno continuó las gestiones para la aprobación de las nuevas reglas, y el 4 de Enero de 1816, el Procurador D. Manuel Cardeñoso y Herreruelo, en representación de Martín Serrano, Lope Navarro y Juan Miguel Rodríguez, Alcalde Primero, Mayordomo y Secretario respectivamente, elevaba un escrito al Consejo de Castilla para que éste las legalizase.

El Real Consejo inició los trámites ordinarios para dicha aprobación, y así, por Decreto de 6 de Febrero, ordenó al Real Acuerdo de la Audiencia de Sevilla que informara sobre su parecer y remitiera las diligencias originales, lo que este tribunal llevó a efecto el 6 de Abril, pero desconociendo que no se había cumplido su providencia de Noviembre, en la que ordenaba la repetición del discutido cabildo, no hizo ninguna alusión en su informe al pleito existente.

Mientras tanto, Josef de Leria, Juan García, Francisco Suárez, Pedro García y Juan Mendoza decidieron acudir también al Consejo, para plantear ante esta alta instancia su reclamación, solicitándole que no aprobara las reglas hasta que no se celebrara un cabildo con todas sus formalidades. El Consejo Real requirió a la Audiencia para que informara sobre el asunto, con remisión de los autos. En este nuevo escrito el tribunal sevillano manifestaba que era “muy de extrañar la conducta de Martín Serrano y consortes, que ocultando dichos antecedentes habían tenido la inconsideración de solicitar que se aprobaran unas ordenanzas formadas subrepticiamente y en virtud de un cabildo ilegal y vicioso, después de haberse mandado la celebración de otro para que se anulasen tales defectos”. Sin embargo, esta precipitación se justificaba en parte por el interés que había en realizar de nuevo la estación de penitencia. Así, el 13 de Febrero de 1817 se solicitó a la Audiencia que concediera licencia para efectuarla, y efectivamente se denegó por no tener la Hermandad sus estatutos legalizados.

En vista de lo expuesto por la Audiencia en el informe al que antes hicimos referencia, el Consejo decidió por providencia de 27 de Marzo de 1817 la suspensión de los efectos de lo acordado por la Junta de Martín Serrano, y el 22 de Abril devolvió los autos a la Audiencia, para que se dispusiese que, ante uno de los Asistentes de la Ciudad, se celebrara una nueva Junta o cabildo al que fueran citados los hermanos que lo eran el 31 de Julio de 1815, en el que se nombraran oficiales y se conformara en su caso una regla, de modo que, efectuado todo esto, se le enviara un nuevo informe para que decidiera lo pertinente. Tras una instancia de Leria solicitándolo, el Consejo remitió el 27 de Junio las ordenanzas presentadas por Martín Serrano y su Junta.

En un auto de 14 de Julio de 1817, la Audiencia acordó entregar el expediente al Teniente Tercero de Asistente, D. Juan Felix de Maruri, para que ejecutase lo que el Consejo mandaba, remitiéndoselo al efecto el 5 de Agosto. Recibida por éste la Carta Orden anterior, se dispuso a ponerla en cumplimiento con la colaboración del Escribano D. Francisco Ruiz de Vargas, que comenzó a practicar las diligencias oportunas para que el cabildo se pudiera celebrar. Se pidió en primer lugar a José de Leria una lista de los hermanos que habían de ser citados, y luego se dio recado al Prior del Pópulo para que señalase el lugar adecuado para la reunión. Leria expuso que los hermanos antiguos con derecho a asistir eran Pedro García, Clemente de Vargas, Juan Suárez, Manuel Fernández, Martín Serrano y él mismo, pero al día siguiente Serrano se presentó ante el Teniente manifestándole la imposibilidad de que la reunión fuera el día 8, por estar ausente de la ciudad José de Vargas, un antiguo hermano que no aparecía en la relación que Josef de Leria les había proporcionado. Se buscó a Leria y éste aclaró que no lo había incluido porque desde treinta o cuarenta años atrás no vivía en Sevilla, sino en Utrera, y que por contar con noventa años de edad hacía mucho que no venía por la capital. A esto replicó Serrano que no hacía tanto tiempo, e insistió en la importancia de su asistencia, por tratarse de un antiguo Oficial de la Hermandad. Finalmente, el Teniente Tercero Maruri decidió no posponer más el cabildo, alegando que había tiempo suficiente para que, si se quería que acudiera este viejo hermano, se le diera aviso.  

A las cuatro de la tarde del día 8 de Agosto de 1817 se celebró la reunión en la Sacristía del Pópulo, ante la presencia del Teniente Tercero de Asistente Sr. Maruri, el escribano Francisco Ruiz de Vargas, el Alguacil de los Veinte Manuel Valiente y el agustino Fray Alonso del Castillo, por delegación del Prior. Asistieron Josef de Leria, Pedro García, Juan Suárez, Martín Serrano, Clemente de Vargas y Manuel Fernández. En primer lugar se leyeron las ordenanzas que se habían elevado al Consejo de Castilla, las cuales merecieron el visto bueno de todos los concurrentes, y acto seguido se procedió a elegir los oficiales por voto secreto –probablemente, y aunque el expediente no nos lo aclara, por el tradicional sistema de las habas blancas y negras-, saliendo electo como Primer Consiliario Pedro García, como Segundo, al haber un empate entre Manuel Fernández y Josef de Leria, se efectuó una segunda votación en la que resultó designado Fernández; de Mayordomo se eligió a Clemente de Vargas, pero éste renunció y se eligió en su lugar a Juan Suárez; Si aceptó Clemente de Vargas el cargo de Censor, mientras que Martín Serrano fue elegido Prioste y Leria Secretario.   

Tres días después, D. Juan Félix de Maruri pasó el expediente a la Audiencia, la cual, tras redactar su preceptivo informe, lo remitió el 4 de Octubre al Real Consejo, para que prosiguiese la instrucción de la aprobación de las Reglas, que finalmente fueron refrendadas por esta alta instancia el 17 de Enero de 1818, expidiéndose la Real Provisión el 28 del mismo mes, firmada por D. Tadeo Gómez, Duque del Infantado, D. Juan A. González Carrillo y D. Felipe Sobrado, así como por D. Rafael de Yarza, Escribano del Rey, y D. Valentín de Pinillas, Escribano del Real Consejo de Castilla.

Cumplimentado todo el procedimiento para la aprobación de estas ordenanzas, recibió la Real Provisión Martín Serrano, que bien porque se consideraba su principal artífice, o bien porque no veía con buenos ojos que las custodiara el Secretario, Josef de Leria, no las entregó a la Hermandad. El 25 de Febrero de 1818 el Conciliario Primero Pedro García de nuevo acudía a la Audiencia para que ésta requiriera a Serrano que las presentase en dicho Tribunal, “para la providencia que corresponda en razón de su ejecución”. Hecho esto, el 4 de Marzo García solicitó que se tomara la salomónica solución de entregarlas al Teniente Tercero de Asistente, para que una vez que se celebrara el próximo cabildo de elecciones, esta vez con la participación de todos los hermanos, antiguos y nuevos, quedaran a cargo del Secretario de la Corporación.

Aquel año se realizó la Estación de Penitencia con los pasos prestados, y aunque en la toma de horas las autoridades acordaron asignarle como día de salida el Miércoles Santo, la Hermandad recurrió esta decisión ante la Audiencia y logró salir el día que fijaban las recién aprobadas reglas, el Jueves Santo, e igualmente como aquellas preceptuaban, una vez recogida la Cofradía en la Iglesia, se realizó nuevo cabildo de elecciones, en el que tanto Martín Serrano como Josef de Leria quedaron apartados de cargos, resultando elegidos de Consiliario Primero Manuel Camacho, de Mayordomo se reeligió a Juan Suárez, de Censor a Joaquín García, de Secretario a Alonso Lavado, y como Diputados a Pedro García, Manuel Morguea, Alonso Bermúdez, Martín de Vargas y Juan José de Vargas.

La Hermandad dejaba finalmente atrás un pleito entre trianeros y sevillanos que había durado casi tres años y retrasado su reorganización.




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