jueves, 1 de junio de 2017

UN APRESURADO MIÉRCOLES SANTO EN EL PÓPULO

Es sabido que tanto las reglas fundacionales de 1753, como las aprobadas por el Consejo de Castilla en 1818, mandaban a la Hermandad de los Gitanos realizar su estación de penitencia en la tarde del Jueves Santo. Pero no fueron pocas las ocasiones en que esto no se pudo verificar así, viéndose la corporación obligada a tener que realizarla en la tarde del miércoles de nuestra semana grande. José Bermejo, en sus "Glorias Religiosas de Sevilla", cuenta como tuvo que salir en Miércoles Santo en 1758, 1759, 1761, 1763 y 1766. Lo hizo el Jueves en 1767, volvió al Miércoles en 1768 y 1770, de nuevo el Jueves en 1775, y en Miércoles en 1777 y 1783.

Reorganizada la cofradía tras la Guerra de la Independencia, vuelve a plantearse el mismo problema. Habría que aclarar que en aquella época el cabildo de toma de horas se celebraba en la capilla de las Doncellas de la Catedral el mismo Martes Santo, donde ante el Provisor y Vicario General del Arzobispado y el Asistente de la ciudad o alguno de sus tenientes, se señalaba el día y la hora que correspondía a cada cofradía. En 1818 las autoridades acordaron asignarle a la nuestra como día de salida el Miércoles Santo, pero la hermandad recurrió esta decisión ante la Audiencia y logró salir el día que fijaban sus recién aprobadas reglas, el Jueves Santo. Al año siguiente sin embargo se sucedieron las cosas de otro modo bien diferente. El documento que hoy traemos aquí es precisamente un escrito elevado en 1819 al Teniente Primero del Asistente de la ciudad por el entonces Hermano Mayor, Manuel Camacho, que dice así:


Sevilla 6 de abril de 1819. Señor Teniente Primero.
Manuel Camacho, Hermano mayor de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús de la Salud y María Santísima de las Angustias, sita en el convento del Pópulo, con el debido respeto a Vuestra Señoría dice que habiéndosele señalado para hacer Estación en esta Semana Santa distinta tarde de la que previene su regla aprobada por el real consejo, ocurrió al real Acuerdo quien ha determinado que ejecute su Estación en la tarde del Jueves Santo y que dirija oficio a Vuestra Señoría para que en lo político gubernativo no se lo impida y siendo forzoso que Vuestra Señoría por su parte señale hora, y que de ello se le de certificación para hacerlo constar en el Provisorato a cuyo fin=
Suplica a V.S. sirva decretar uno y otro en merced que espera de su notoria justificación. X. Por el contenido y a su ruego. José Ramírez.

Al margen aparece escrito y rubricado:

Por lo que respecta a esta jurisdicción se señala la hora de las dos de la tarde del Jueves Santo. Lafuente.

En efecto una vez más en la toma de horas se pretendió postergar a aquella cofradía de castellanos nuevos al Miércoles Santo, e igual que el año anterior se planteó el correspondiente recurso ante la Audiencia, decidiendo el Oidor Semanero D. Juan Pedro de Morales que la cofradía debía salir el día que marcaban las reglas, ordenando al Teniente de Asistente que no pusiera impedimentos. Con la certificación de esta resolución en sus manos acudió como hemos visto Manuel Camacho ante el Teniente Primero de Asistente, D. Mariano Lafuente y Oquendo, que se atuvo a lo ordenado por la Audiencia (1). Hasta las diez y media de la noche de aquel Martes Santo no pudo presentarse en el palacio arzobispal la certificación, acompañada de un escrito en el que se instaba a la autoridad eclesiástica a "conceder la hora designada por el gobierno político o señalar la que tenga conveniente para la tarde del referido día, Jueves Santo".

A la una y media de la tarde del mismo Miércoles Santo el Sr. Provisor del Arzobispado concedió que se saliera el Jueves, mandando que se diera a la cofradía la correspondiente certificación, pero después cayó en la cuenta de que, si bien las nuevas reglas tenían la aprobación del Consejo de Castilla, no habían sido aún sometidas a la aprobación del ordinario, circunstancia que aprovechó para dictar otro auto ordenando que se retuviera la certificación en tanto no se presentaran las ordenanzas para su debida aprobación eclesiástica (2). Ante esta situación no hubo más remedio que salir sobre la marcha ese mismo Miércoles Santo, y ya una vez pasada la semana santa, el 29 de abril, se acudió a la Audiencia pidiendo una certificación que testimoniara su decisión. El 12 de mayo D. Félix José de Bormas, escribano de la Audiencia, así lo hizo, y el documento, por su importancia, fue insertado como anexo al libro de reglas.

Es difícil concebir hoy en día como con sólo unas horas para formar una cofradía y ponerla en la calle se conseguía en casos como éste. Es cierto que había muchísimos menos hermanos, el acompañamiento musical era más sencillo, no había dificultades para buscar "gallegos" que portaran los pasos, y el recorrido era mucho menor. La hermandad salía del convento del Pópulo, entraba a la ciudad por la puerta de Triana (3), tiraba por la calle San Pablo hasta la entonces llamada del Ángel, actual Rioja, y ya estaba en la Cruz de la Cerrajería, que marcaba en aquella época el inicio de la carrera oficial, pero aún así cabe imaginarse la de prisas que debieron de tomarse para realizar su estación de penitencia aquellos sufridos hermanos.

Recreación de la cofradía entrando a la ciudad por la puerta de Triana (Eduardo Dorado)


En la Semana Santa de 1820, meses después del pronunciamiento constitucionalista de Riego en las Cabezas de San Juan, se celebró de nuevo en la capilla de las Doncellas el tradicional cabildo de toma de horas, presidido por el anciano y astuto Provisor D. Fabián de Miranda, y el nuevo Alcalde D. Francisco Cavaleri. No compareció ninguna hermandad, ya que se negaron a salir por la publicación de un edicto en el que se ordenaba a los cofrades procesionar con el rostro descubierto, y esta vez, aunque no sirviera para nada, sí que se concedió hora a la corporación gitana para la tarde del Jueves Santo (4).



(1) José Bermejo en sus "Glorias Religiosas de Sevilla" parece que no terminó de enterarse de lo que finalmente sucedió, quizás porque indagó en los papeles de la Audiencia y se quedó en la decisión favorable de las autoridades políticas, dando por hecho que se consiguió salir el Jueves Santo y obviando todo lo que sucedió después en el palacio arzobispal, pero el expediente del archivo arzobispal es clarísimo al respecto.

(2) La excusa no dejaba de ser un ardid, por cuanto que, como ya se ha dicho, las antiguas reglas, que sí tenían la aprobación eclesiástica, también fijaban el Jueves Santo como día de la estación de penitencia.

(3) Las reglas fundacionales especificaban que la cofradía debía entrar a la ciudad por la puerta de Triana, mientras que saldría de ella por la del Arenal. La disposición se puso cuando la hermandad se constituía en Triana y se pensaba en cruzar el viejo puente de barcas, pero por la situación geográfica del convento del Pópulo valió también cuando la corporación se estableció allí.

 (4) "La Semana Santa y las cofradías de Sevilla de 1820 a 1823". Manuel Chaves Rey. Sevilla. 1895.