miércoles, 1 de abril de 2026

FIANZAS, LICENCIAS Y COMERCIO: LA RESIDENCIA EN LOS REINOS DE LAS INDIAS DE SEBASTIÁN MIGUEL DE VARAS Y MIRANDA

Desde las primeras publicaciones historiográficas de nuestra hermandad, recogidas por José Bermejo en sus Glorias religiosas de Sevilla, tenemos constancia a través de una mezcla de leyenda y realidad fidedigna que nuestro principal fundador, Sebastián Miguel de Varas y Miranda, era navegante. Nos cuenta el historiador que, a pesar de su pobreza inicial, “habiendo ido a América, de cocinero en un buque, hizo allí caudal”, definiendo después, tanto a él como a su mujer como personas “ricas”. Pero, ¿de verdad se podía hacer tanta fortuna en aquellos tiempos con este empleo? Lo de que fue navegante queda patente en un documento que ya dimos a conocer, realizado ante escribano público, en el que se indicaba que estaba presto a hacer viaje a las Indias1. Pero, quizás con el paso del tiempo y con la frecuencia de los viajes a los Reinos de las Indias, nuestro fundador, testigo directo de aquel trasiego de mercancías entre uno y otro lado del océano, iría entablando contactos hasta llegar al punto de poder ampliar sus ocupaciones.

Una primera pista sobre esta dedicación al comercio nos la ofrece el expediente matrimonial apostólico2 de su hija María del Coral Miranda con Juan Pablo Monge fechado en 1771, María la Pajarita menciona que su marido ejerce de chalán. Este oficio era el de intermediador o tratante de ganado en ferias, mercados y tratos privados En otro expediente matrimonial3, el de su hijo Isidro Miguel de Miranda, se nos da aún más información cuando tras regresar de los Reinos de las Indias en 1762 trata de contraer matrimonio con Leonor María de las Nieves, vecina de Cádiz. Isidro Miguel tenía entonces veintiún años y se indicaba que la única ausencia que había realizado de Sevilla era la de quince meses en el viaje a las Indias. Según expone de manera lastimosa, sus padres se anteponían a este matrimonio, como se recoge en el documento: "(...)impide el natural altivo de los Padres de el suplicante quienes no gustos contraiga ahora que hasta que haga dos o tres viajes". Es posible que padre e hijo fueran en la misma flota y con idéntico destino, pues Sebastián Miguel concede en una escritura facultad para testar en su nombre a su mujer en junio de 1760, y el 15 de enero de 1762 otorga poder a procuradores con vistas a formalizar aquellas dos milicias compuestas por gitanos4.

Presentamos una serie de documentos fechados en 1774. El primero, protocolizado en Sevilla, corresponde a María Josefa García, esposa del fundador, quien otorga licencia para que éste pueda residir en los Reinos de las Indias durante los tres años siguientes.

A continuación, se transcribe el documento:

Licencia para las Indias. María Josefa García para Sebastián Miguel de Miranda

En la ciudad de Sevilla a día veinte de octubre de mil setecientos setenta y cuatro años, ante mi Manuel Montero de Espinosa y Colante Escribano de su Majestad y público y propietario de uno de los oficios de el en nombre de ella y de los testigos pareció María Josefa García que así se nombró, y ser mujer legítima de Sebastián Miguel de Miranda, y vecina de esta ciudad y dice que por cuanto el dicho su marido se halla residiendo en la ciudad de Buenos Aires, y le ha nombrado a pedir en una carta le de licencia para continuar residiendo en dicha ciudad, en consecuencia de lo cual, y de su libre voluntad y sin inducimientos de persona alguna otorgo que daba su licencia y consentimiento al expresado marido, para que pudiera estar, residir y continuar en la misma ciudad de Buenos Aires y demás partes y puertos que necesitara, tiempos y espacio de tres años que se habían de contar desde el día en que llegara a sus manos esta licencia en adelante pudiendo tratar y contratar, comprar y vender, y hacer y negociar con cuales quiera personas todo lo que le ocurriese sin reparo alguno; y pidió y suplicó con el respeto debido a los Señores Jueces y tribunales donde se presentara esta licencia la tuvieran bien dando las providencias que fuera correspondiente  todo lo cual se comprometió de hacer por firme de ahora y en todo tiempo y hallo obligado sus bienes y rentas bajo de poder de la Justicia que de sus causas según derecho debieran conocer contrato ejecutorio y remuneración de leyes, las que le favorecieran y con ello se le dieran las copias o testimonios que necesitara y en esta conformidad lo otorgo, y no firmó porque dijo no saber escribir por la cual y a su ruego lo hizo un testigo y presentó por su conocimiento que juraron según dicho ser la contenida que se llama como se han nombrado  Dn. Miguel Carrasco que vive en la calle del Pescado, y a Dn. Nicolás Menocal Alguacil de los de los veinte que asiste la Plaza de San Francisco que presentes estaban, y los firmaron del otorgamiento con Diego Márquez oficial del oficio vecinos de Sevilla.

(Rúbricas)

Archivo Histórico Provincial de Sevilla. Sección Protocolos Notariales. Signatura 11216.
Año 1774. Libro 3º. Fol. 1726 rº

Archivo Histórico Provincial de Sevilla. Sección Protocolos Notariales. Signatura 11216. 
Año 1774. Libro 3º. Fol. 1726 vtº


En el contexto de nuestro tema, las licencias otorgadas por las esposas para que sus maridos pudieran viajar o residir en los Reinos de las Indias eran un requisito legal imprescindible para embarcarse en estas expediciones, incluso podemos ver casos desde el siglo XVI. Estos documentos no solo garantizaban la autorización formal, sino que también reflejan el papel activo de las mujeres en las decisiones en el seno familiares y comerciales, así como la organización y planificación de la vida de la familia durante las ausencias prolongadas de los esposos5.

Pero quizás lo que más nos llamó la atención de esta autorización fue que especificaba en que lugar del continente americano se hallaba residiendo nuestro fundador, nada más y nada menos que en Buenos Aires, una ciudad en pleno desarrollo y expansión que sólo dos años después de la fecha de este documento va a conseguir la capitalidad de un nuevo Virreinato del Rio de la Plata recién creado.

Quizás deberíamos de confesar que lo que menos esperábamos es que nuestro protagonista anduviera por aquellas latitudes. Es más, nuestras sospechas siempre se dirigieron a tratar de localizar posibles rastros suyos en la colombiana Cartagena de Indias, en cuyo asedio por los ingleses en 1741, defendido heroicamente por Don Blas de Lezo. murió su padre, Pedro de Miranda, recibiendo allí cristiana sepultura. La importante pista que nos ofrecía aquella autorización fue fundamental para que encontráramos una serie de documentos en el rico archivo histórico de la nación Argentina, que nos ofrecen nuevas perspectivas sobre su vida.

Documentos en Buenos Aires

El primero de ellos es un escrito del fundador de la hermandad, en el que, ante la orden de regresar a España, solicita la prórroga de un año en Buenos Aires para saldar las deudas pendientes con sus acreedores y deudores, ofreciendo como garantía a un fiador y comprometiéndose a pagar una multa en caso de incumplimiento.

Transcripción del primero de ellos:

Señor Gobernador y Capitán General 

(Al margen izquierdo)

Buenos Aires 22 de abril de 1774

Acredite el suplicante la firma que ofrece bajo la multa de 200 pesos aplicados a las obras públicas y se dará provisional (rúbrica)

Miguel de Varas residente en esta ciudad a la obediencia de V.S. con todo respeto y atención dice: que habiéndole intimado el orden de que pasase a España como casado y compreendido en el Vando hace presente hallarse sumamente empeñado con algunos sujetos de este Comercio y deseando cumplir con lo que V.S. manda y con dichos acreedores necesita término de un año contado en el mes de abril del año venidero para poder pagarles lo que les debe y cobrar el suplicante, en cuyo tiempo pasado el año ofrece pasar a España, y de lo contrario pagar la multa de quinientos pesos, ofreciendo por fiador a don Antonio Millán vecino y de arraigo en esta ciudad. 

Por tanto

A V.S. Suplica que lo haya por admitido y se le conceda el término que piden en el cual promete y afianza cumplir con lo mandado en dicho Vando y para ello firma dicho fiador se le conceda el termino pedido mas que espera de la notoria Justificación de V.S.

Miguel de Varas (rúbrica) Antonio Millán (rúbrica)

Archivo General de la Nación Argentina. Permisos para matrimonios. Ciudad de Buenos Aires

Archivo General de la Nación Argentina. Permisos para matrimonios. Ciudad de Buenos Aires


Tal fue así, como el siguiente documento viene recogido en el cuarto renglón.

Fianzas de casados a saber

4º Don Antonio Millán..... Por Miguel de Varas de cantidad de 200 pesos.

Archivo General de la Nación Argentina. Permisos para matrimonios. Ciudad de Buenos Aires

El Gobernador y Capitán General de la provincia de Buenos Aires al que se dirige el fundador era en ese momento Juan José de Vértiz y Salcedo, quien posteriormente, en 1778, se convertiría en el segundo Virrey del Río de la Plata. En el contexto de su administración, en marzo de 1774 se registran acciones y solicitudes del Cabildo relativas a la presencia de gitanos en Buenos Aires, que incluían quejas vecinales y peticiones de embarcarlos de regreso a España, conforme a pragmáticas coloniales que limitaban su residencia prolongada en las Indias. Aunque algunas de estas disposiciones no se ejecutaron completamente —por ejemplo, cuando ciertos gitanos desempeñaban oficios necesarios en la fortaleza—, la ausencia de registros posteriores podría indicar que las órdenes no se cumplieron plenamente o que se flexibilizó la normativa sobre su permanencia en la ciudad6. Esta tensión normativa y social sobre quién podía residir y comerciar en Buenos Aires ocurre apenas un mes antes del escrito del fundador, en abril de 1774, lo que plantea una hipótesis razonable: si la ciudad buscaba acomodar intereses económicos y regular la competencia local, no es descartable que ciertas medidas o presiones sociales afectaran indirectamente a comerciantes extranjeros exitosos. En este contexto, la solicitud de prórroga del fundador para resolver sus negocios y deudas podría leerse también como una respuesta al entorno porteño, donde se discutía de forma más amplia quién podía establecerse y comerciar en el puerto de Santa María de Buenos Aires.

Retrato pictórico del virrey rioplatense Juan José de Vértiz

El último documento que traemos aclara muchos aspectos. El 14 de junio de 1774, Antonio Millán comparece ante escribano público y se presenta como fiador de Sebastián Miguel de Varas y Miranda. Como hemos explicado, el fundador había solicitado al Gobernador y Capitán General de la provincia un plazo de un año antes de ser apresado y enviado a España; en esta ocasión se precisa que la solicitud proviene del Ilustre Cabildo, ya que Sebastián Miguel está incluido entre los llamados gitanos. La petición fue previa consulta con el Teniente General y el fundador alegó que su envío inmediato le causaría graves perjuicios económicos, pues tenía importantes negocios pendientes con comerciantes y necesitaba tiempo para liquidarlos mediante remesas provenientes de la provincia de Tucumán. El gobernador concede este plazo, quedando Antonio Millán responsable legalmente del regreso de Sebastián Miguel a España, comprometiéndose personalmente y con sus bienes. Este documento nos proporciona una información muy valiosa: Sebastián Miguel de Varas y Miranda era un comerciante interregional, dedicado a la venta de productos del interior, desde Tucumán, con el puerto en Buenos Aires. Se menciona la expresión "efectos de la tierra"7 usada en el Río de la Plata para designar productos locales o regionales, en contraste a los efectos de Castilla o de Europa. Entre los productos más habituales de Tucumán se encontraban:

-Textiles de algodón y lana (tocuyos, bayetas, lienzos ordinarios),

-Cueros y suelas,

-Grasas, sebo,

-En algunos casos, mulas o derivados de la economía ganadera (aunque estas solían circular más hacia el Alto Perú).

La combinación del componente racial con la actividad comercial nos permite entender mejor la situación de Sebastián Miguel. Al estar marcado como gitano, su residencia y comercio en Buenos Aires estaban sujetos no solo a normas legales, sino también a presiones y prejuicios sociales.


Archivo General de la Nación Argentina. Protocolos Notariales.
Ciudad de Buenos Aires. 1774-1775. Fol. 39 rº.



Archivo General de la Nación Argentina. Protocolos Notariales.
Ciudad de Buenos Aires. 1774-1775. Fol. 39 vtº.


He aquí la transcripción completa:

Fianza. Don Antonio Millán para Miguel de Baras

En la ciudad de Buenos Aires a catorce de junio de mil setecientos setenta y cuatro ante mí el escribano de S.M. público y de Gobierno y testigos infrascritos pareció presente Don Antonio Millán vecino de esta ciudad a quien doy fe y conozco y dijo que por cuanto: habiéndose presentado ante el Señor Gobernador y Capitán General de esta Provincia, Miguel de Baras con un memorial, representando ser casado en la ciudad de Sevilla y haber llegado noticia que a pedimento del Ilustre Cabildo, se había decretado que se le aprendiese para remitirlo a España por ser comprendido en el número de los que llaman Gitanos y que como se ejecutarse este superior decreto le resultaran al dicho Miguel de Baras infinitos perjuicios por tener que liquidar algunas dependencias, no despreciables con varios sujetos comerciantes a quienes piensa satisfacer, con las remisiones que de la Provincia de Tucumán se le están haciendo de efectos de la tierra, en que consiste su giro y ocupación, todo lo que a sorprenderlo correría una muy perniciosa suerte y quedarían sus acrehedores expuestos a un considerable descubierto contra lo mismo que inspira la recta administración de Justicia; y que para poder evacuar estas dependencias suplicaba a su Señoría se le diese algún termino: ofreciendo por fiador del otorgante: habiéndose remitido dicho membrete a consulta del Señor Teniente General con lo que este expuso se dio el decreto por dicho Señor Gobernador General en nueve del corriente, mandando que otorgando la fianza, prevenida, se le conceda el término de un año para que evacuase sus negocios y se disponga para pasar a España. Y estando pronto otorgar la referida fianza el citado D. Antonio Millán y siendo sabedor de lo que en ello arriesga y aventura; por la presente en la más bastante forma que haya lugar es dicho otorga, y se obliga a que el dicho Miguel de Varas, en el término de un año se ha de correr desde hoy día de la dicha de esta escritura, se restituya a los Reinos de España , y de no hacerlo, el otorgante dará y pagará lo que por esta razón del Señor Gobernador y Capitán General determinase, sin más requisito que esta fianza, y el mandato que sobre ello hubiese: a lo cual se obliga con su persona y bienes habidos y por haber, y da poder a la Justicia de S.M. de cualquier parte que sean. A cuyo fuero y Real Jurisdicción se obliga a someter y renuncia, su propio domicilio y vecindad y la ley Convenerit de Jurisdicciones Omnium Judicum. Y así lo otorgó y firmó siendo testigos: D. Francisco Serrano, Asencio de Acosta y Valeriano de Alemaní. 

(Rúbricas)

 

No conocemos con exactitud el desenlace, pero por diversos documentos de Sevilla y de los Reinos de las Indias, sabemos que esta etapa en América duró aproximadamente hasta 1784. Esto explica que, en los padrones de la Parroquia del Sagrario8, el último año en el que él aparece junto al resto de su familia sea 1764. Ese mismo año coincide con los últimos poderes notariales ante escribano público a procuradores para pleitos y causas, previo a trasladarse a las Indias, en el que en un primero fechado el 24 de julio de 1764, se precisa que vivía en la calle Piñones (actual calle Padre Marchena) de la collación del Sagrario9; en el segundo, otorga poder para pleitos a su mujer10. Tras aproximadamente dos décadas, aparece de nuevo en un documento notarial en Sevilla en el que Sebastián Miguel comparece ante escribano público y declara haber residido en los Reinos de las Indias. El desempeño de los oficios de navegante, chalán y comerciante, explicaría las diferentes ubicaciones de los lugares de residencia: Triana, Arenal y por último en la zona noreste de la ciudad, junto a la Puerta del Sol. Por otro lado, en el censo de gitanos de España llevado a cabo por Carlos III en 1784, él aparece junto a su mujer, su hija viuda y varios nietos11. No sería de extrañar que este regreso tras veintiún años en las Indias fuese motivado de nuevo por razones raciales, relacionadas con la persecución y control sobre los gitanos.


Vista de Buenos Aires desde el Camino de las Carretas. Fernando Brambilla. Biblioteca Virtual de Defensa.



1.VÁZQUEZ ALEJO, Juan Carlos. "Notas sobre el fundador de la Hermandad de los Gitanos: Sebastián Miguel de Varas y Miranda". Anuario Hermandad Sacramental de los Gitanos. Cuaresma 2024. Sevilla. pp. 176-178. Ver NOTAS SOBRE EL FUNDADOR DE LA HERMANDAD DE LOS GITANOS: SEBASTIÁN MIGUEL DE VARAS Y MIRANDA

2.Archivo General del Arzobispado de Sevilla. Sección I. Matrimonios Apostólicos. Signatura 09111. Doc. 1861.

3.A.G.A.S. Sección I. Matrimonios Ordinarios. Signatura 6172 (1761-1765) antigua 554. Expediente matrimonial infructuoso de Isidro Miguel de Miranda con Leonor María de las Nieves, vecina de Cádiz. Éste presenta a varios testigos: Joseph Hernández vecino de Triana en la calle San Juan por oficio del río y Joseph Barquero, vecino del Sagrario sitio del Compás de la Laguna de ejercicio del río, ambos conocidos y amigos de toda su vida y compañeros del último viaje a las Indias.

4. VÁZQUEZ ALEJO, Juan Carlos. "Las Milicias Gitanas". Boletín Hermandad Sacramental de los Gitanos, número 57, de enero 2025. páginas 24-26. Véase LAS MILICIAS GITANAS

5. Rodríguez, A. (2023). Licencias notariales de mujeres para los viajes a las Indias en el período 1765-1793. Revista de Historia de la Universidad de Cádiz. Recuperado de https://rodin.uca.es/bitstream/handle/10498/32820/37332-Texto%20del%20art%C3%ADculo-111472-1-10-20230104.pdf?sequence=1&isAllowed=y

6. Galletti, P. C. (2021). Los gitanos como otro y como horizonte de otredad en la Hispanoamérica colonial (s. XV a XIX). International Journal of Roma Studies, 3(2), 106–130. https://doi.org/10.17583/ijrs.8527

7. Contreras, C., Chocano, M., Quiroz, F., Mazzeo, C., & Flores, R. (Eds.). (2010). Compendio de historia económica del Perú III: La economía del período colonial tardío. Tomo 3 Banco Central de Reserva del Perú & Instituto de Estudios Peruanos.

8. Archivo Parroquia del Sagrario de la Catedral de Sevilla. Libros Sacramentales. Padrones nº 35 (1763, 1764 y 1765). Año 1764. Así venía recogido ese padrón: Vivían en la zona Cassa Grande, número 368 del padrón general: Miguel de Miranda, María García, María Miranda, Luisa Miranda, Pedro Miranda, Juan García, Manuel García, Juana García, Gabriel Miranda

9. Archivo Histórico Provincial de Sevilla. Sección Protocolos Notariales. Oficio 17. Signatura 11184.  Año 1764. Libro 2º. Fol. 974 rº y vtº. 

10. A.H.P.Se. Secc. Protocolos Notariales. Oficio 17. Signatura 11185. Año 1764. Libro 3º. Fol. 1258 rº y vtº. Meses más tarde, otorga esta vez poder a su mujer, curiosamente el contenido de este legajo es en blanco y únicamente aparece escrito el título "Sebastián Miguel de Varas a su mujer" y la firma del fundador. 

11. RUÍZ SAMBRUNO, Juan de Dios. "Sobre Gitanos sevillanos del siglo XVIII y su hermandad". Boletín Hermandad de los Gitanos nº. 38- noviembre 2003. Sevilla, pp. 23-29.